Sunday, January 2, 2011

En Gaceta Oficial numero 39.582 nueva resolución sobre inmuebles alquilados Jueves, 30 de Diciembre de 2010 13:46 Redacción Noticias - Nacionales

De acuerdo con una resolución emanada del Ministerio del Poder Popular para el Comercio y Para la Vivienda y Habitat, y que fue publicado este jueves en Gaceta Oficial número 39.582, los arrendadores o subarrendadores de hospedajes, piezas en casa de vencidad, habitaciones en casa particulares, deberán registrarse en la Dirección de Inquilinato.

De acuerdo con el artículo 2 de la Resolución, la Dirección de Inquilinato deberá:
Llevar el registro nacional de todos los inmuebles que son alquilados, donde consten los datos de propiedad del inmueble, identificación del arrendador y arrendatario, fecha de inicio de la relación arrendaticia, número de habitaciones, servicio que ofrece, registro de controversias suscitadas en el desarrollo de la relación arrendaticia y las inspecciones que les hayan practicado al inmueble.

De igual forma deberá otorgar por inmueble, un Certificado de Registro, a quienes acudan con la documentación del inmueble y de la relación arrendaticia.

Así mismo deberá recibir y tramitar todas las denuncias relacionadas con la relación arrendaticia en los inmuebles que serán alquilados.
También deberá inspeccionar periódicamente que los inmuebles que serán alquilados cuenten con los servicios básicos y condiciones de higiene y seguridad que garanticen una vida digna.

Establece la Gaceta que la Dirección de Inquilinato y el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, fiscalizarán los establecimientos que serán arrendados.

Agrega la norma que los arrendadores que infrinjan la normativa, se opongan u obstaculicen el cumplimiento de las actuaciones de los funcionarios adscritos a los organismos reguladores, serán sancionados.

http://enoriente.com/noticias-magazine-105/nacionales-magazine-117/24198-en-gaceta-oficial-numero-39582-nueva-resolucion-sobre-inmuebles-alquilados-

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